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LA REFORMA LABORAL QUE DA DERECHO A PARO A LAS EMPLEADAS DE HOGAR

El pasado martes 6 de septiembre el Gobierno de España anunció la reforma y aprobación de la mejora en las condiciones laborales de las empleadas de hogar, que se equiparan a la del resto de trabajadores, tendrán derecho a la cotización y la nueva mejora es el acceso a paro.


Esta reforma regula las normas para evitar las dos discriminaciones históricas hacia las empleadas de hogar: los despidos injustificados y que no tuvieran derecho a paro. La reforma surge además de, por las demandas sociales llevadas a cabo por las afectadas y/o interesadas, tras “la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE), de enero de este mismo año, que declaró que el sistema vigente hasta el día de hoy era discriminatorio”.


Las condiciones laborales se ajustarán a las del Estatuto de los trabajadores en cuanto a formas de despido, contratos, salario, vacaciones y/o faltas. La principal novedad del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar, es que las trabajadoras tendrán derecho a la prestación contributiva por desempleo, es decir, podrán acceder al paro además de otras prestaciones asistenciales vigentes en el ordenamiento jurídico laboral.


Dichas trabajadoras quedarán adscritas al Sistema Especial para Empleadas del Hogar que a su vez queda dentro del Régimen General de la Seguridad Social, por tanto, tendrán algunas especificidades pero cotizarán como el resto de trabajadores.


De esta manera, hay que destacar que ahora las empleadas de hogar accederán a sistema de pensiones de igual forma que el resto de trabajadores, cumpliendo con los mismos requisitos: quince años cotizados para tener derecho a una pensión contributiva y el máximo de años exigidos cotizados para optar al 100 % de la pensión.








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