La situación actual -en el espacio europeo- desatada por la agresión militar de Rusia a Ucrania ha propiciado la toma urgente de decisiones para salvaguardar la integridad física, moral, social y económica de los ciudadanos ucranianos y/o habitantes en dicho país.
El Consejo de la UE ha realizado la correspondiente gestión para aprobar la Directiva 2001/55/CE del Consejo, sobre protección de personas desplazadas, por la cual se permitirá a los ciudadanos ucranianos -ya sean naturales del país o residentes legales que se vean obligados a abandonar su país- a trabajar o estudiar en el país de la UE que establezcan como nueva residencia.
Las ampliaciones o no de la Decisión quedan al criterio de cada país de acogida, siendo España uno de los países que más ventajas está ofreciendo. El procedimiento para solicitar la protección todavía no está listo, mas no tardará mucho en estar activo. Probablemente el modo de proceder sea primeramente a través de una comisaría e ir escalando peldaños hasta finalizar en la Administración Pública competente -a falta de designar-, pudiendo ser la misma la Oficina de Asilo.
Se pretende facilitar la gestión de la Protección, dando facilidades a los nacionales ucranianos y simplificando el trámite y la resolución para los beneficiarios.
Esta decisión de Protección Temporal está habilitada también -en España- para nacionales ucranianos en situación regular e irregular en nuestro país antes del 24/02/2022 y que, como consecuencia del conflicto bélico, no pueden regresar a Ucrania. También se puede acoger a familiares ucranianos -cónyuge o pareja de hecho; hijos menores solteros o de su cónyuge; otros parientes cercanos que dependieran de ellos- si dicha persona residente en España se encuentra en situación regular.
Se calcula que en nuestro país se encuentran en situación irregular alrededor de 17.000 ucranianos que se podrán acoger a sus derechos gracias a la ampliación que se ha decidido y aprobado en el Consejo de Ministros el 8 de marzo de 2022. Además, se están preparando las tres grandes ciudades -Madrid, Barcelona y Alicante- con mayor número de ciudadanos ucranianos que constan según el padrón para una buena recepción, acogida y oferta de servicios para los posibles nuevos desplazados.
Esta nueva concesión es hábil durante un año y prorrogable hasta tres años. De igual modo, esta concesión es válida durante todo el periodo de protección.
En España, las personas beneficiarias podrán trabajar por cuenta propia o ajena, accederán al servicio de atención médica como cualquier otro ciudadano en regla del país y los menores de edad tendrán derecho a acceder a la educación en las mismas condiciones que los nacionales del país de acogida.
Según la Orden PCM/169/2022, de 9 de marzo, por la que se desarrolla el procedimiento para el reconocimiento de la protección temporal a personas afectadas por el conflicto en Ucrania expuesto en el BOE, se explica el procedimiento a seguir y las personas a las que se dirige -arriba citadas-.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-3715
https://www.inclusion.gob.es/es/ucrania/protecciontemporal/index.htm